Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como Diferencias entre delitos del orden común y delitos del fuero federal.

Diferencias entre delitos del orden común y delitos del fuero federal.

Diferencias entre delitos del orden común y delitos del fuero federal. •          Se considera legal (del latín legalis ) lo que está prescrito por la Ley y conforme a ella; por consiguiente, la legalidad será la cualidad de legal. •          El principio de legalidad consistente en que las autoridades del Estado sólo pueden actuar cuando la ley se los permite, en la forma y los términos que dicha ley determine.                                 Artículo 16 párrafo primero de la CPEUM Los Estados Unidos Mexicanos son una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos unidos en una federación.                               Artículo 40 de la CPEUM La distribución de competencias entre los Estados y la Federación se establece en el sentido de que l as facultades que no están expresamente concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.                            Artículo 124 de la

Diferencias entre delitos del orden común y delitos del fuero federal.

Diferencias entre delitos del orden común y delitos del fuero federal. •          Se considera legal (del latín legalis ) lo que está prescrito por la Ley y conforme a ella; por consiguiente, la legalidad será la cualidad de legal. •          El principio de legalidad consistente en que las autoridades del Estado sólo pueden actuar cuando la ley se los permite, en la forma y los términos que dicha ley determine.                                 Artículo 16 párrafo primero de la CPEUM Los Estados Unidos Mexicanos son una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos unidos en una federación.                               Artículo 40 de la CPEUM La distribución de competencias entre los Estados y la Federación se establece en el sentido de que l as facultades que no están expresamente concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.                            Artículo 124 de la